Ayer, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad -82 votos- la Ley Silla. Es una reforma de cinco artículos de la Ley Federal del Trabajo, que busca garantizar el derecho de las personas al descanso durante su jornada laboral.
Dicho dictamen aprobado por la Cámara Alta les prohíbe a los empleadores obligar a sus trabajadores a permanecer de pie durante todo su turno.
La Ley Silla, como su nombre lo indica, incorpora la obligación patronal de garantizar el descanso de los empleados en un asiento con respaldo durante el horario laboral.
La disposición está dirigida principalmente a los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos. En el resto de las industrias, la regulación será aplicable sólo si la naturaleza del trabajo lo permite.
🚨🚨Fue aprobada la "Ley Silla" por unanimidad con 82 votos a favor.
Esta ley busca que los trabajadores que desarrollan sus labores de pie durante la jornada laboral, simepre tengan a disposición el número suficiente de asientos o sillas con respaldo.pic.twitter.com/ofLqtlbxXn— La Silla Rota (@lasillarota) February 20, 2024
El objetivo de la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) es evitar riesgos a la salud asociados a trabajar de pie durante tiempos prolongados. Una compilación de estudios publicada en la revista Gait & Posture en 2017 subraya que la evidencia clínica sugiere que el “límite de exposición seguro” es de 40 minutos ininterrumpidos en una postura vertical, “antes de que las personas desarrollen niveles clínicamente relevantes de síntomas lumbares”.
En manos de la Cámara de Diputados
Ahora la Cámara de Diputados deberá revisarla y ratificarla para que las disposiciones sean obligatorias. De no modificarse el dictamen en San Lázaro, las empresas tendrían 180 días de plazo para cumplir con los cambios después de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.
Actualmente, la Ley Federal del Trabajo sólo considera como obligación patronal “mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores”, pero no hay un vínculo con el descanso y tampoco una prohibición que impida a las empresas obligar a las personas a laborar de pie la totalidad del tiempo de trabajo. Esta regulación no se ha reformado en más de 50 años.







