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Por primera vez, pueblos indígenas y afromexicanos obtienen RFC

La política del Gobierno de México establece nuevas y fraternas relaciones con los pueblos indígenas y afromexicanos.

Por ello, además de reconocer su legado histórico, ahora son reconocidos como sujetos de derecho para avanzar en la construcción de una verdadera equidad y justicia social.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) informan que, a partir del 25 de marzo, se han generado condiciones para que las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos puedan obtener, por primera vez, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Este día, diversas comunidades indígenas de Oaxaca y Sonora obtuvieron su RFC, con lo cual contarán con más elementos jurídicos para el ejercicio irrestricto de sus derechos y el cumplimiento de obligaciones.

Esto permitirá, entre otras cuestiones, acceso a transferencias de recursos sin intermediarios y la suscripción de convenios económicos y comerciales.

La colaboración entre el SAT y el INPI se inserta en una concepción humanista que interpreta el marco constitucional con principios de equidad, interculturalidad y justicia social que reconoce y tutela los derechos indígenas para procurar el pleno reconocimiento, respeto y ejercicio efectivo de sus derechos fundamentales como sujetos de derecho público.

Con estas acciones, ambas instituciones suman esfuerzos para seguir construyendo un México que se reafirma como nación pluricultural, que avanza sostenidamente en la agenda para reivindicar la diversidad de pueblos indígenas en el marco del Estado de derecho.

El RFC es una clave compuesta de letras y números el cual ayuda al gobierno mexicano a identificar a las personas que están realizando alguna actividad económica. Es decir, aquellos que estén trabajando deben contar con este registro para que el dinero percibido sea legal ante las autoridades.

Esta clave alfanumérica está compuesta por 13 caracteres para las personas físicas y 12 para las personas morales. Así como en el CURP, los primeros componentes corresponden a las dos primeras letras del apellido paterno, la siguiente es la primera letra del apellido materno y el cuarto es la letra del primer nombre.

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