Ciudad de México 22 noviembre.- La Secretaría de Cultura del Gobierno de México envió dos cartas, una a la empresa Levi’s México y otra al colectivo Dracco Textil, en las cuales solicita se explique públicamente con qué fundamentos se comercializa y privatiza una propiedad colectiva, haciendo uso de elementos culturales cuyo origen está plenamente documentado. Además, cómo su utilización debe retribuir en beneficios a las comunidades creadoras.
“Se trata de un principio de consideración ética que, local y globalmente, nos obliga a hacer un llamado de atención y poner en la mesa de la discusión pública un tema impostergable. Hay que proteger los derechos de los pueblos originarios”, se afirma en las misivas firmadas por la titular de la Secretaría de Cultura federal, Alejandra Frausto Guerrero.
Esto, luego de que se diera a conocer que la colección Levi´s Premium, Original Trucker Jacket, de la empresa Levi’s, elaborada en colaboración con el colectivo Dracco Textil, contiene, en su línea de pantalones y chaquetas, elementos bordados pertenecientes a la cultura mazateca de la comunidad San Felipe, Jalapa de Díaz, Oaxaca. Ello, sin contar con el mecanismo adecuado para obtener el permiso de dicha comunidad.
En ambas cartas se explica que, de acuerdo con la Ley Federal de Derechos de Autor del Estado de Mexicano: “La protección de las obras es amplia respecto de su explotación. Es decir, no se pueden utilizar sin la autorización por escrito del pueblo o comunidad titular. Mucho menos llevar a cabo la deformación de la misma con el objeto de causar demerito a la obra o perjuicio a la reputación o imagen de la comunidad o pueblo a la que pertenecen”.
En caso de contar con la autorización correspondiente es obligatorio indicar a la o las comunidades, pueblos o colectivos a quienes pertenece. Además, se deberá establecer retribución justa y equitativa en beneficio de los titulares de los derechos. Y, finalmente, en caso de efectuar encargo de un trabajo, el pago que se reciba por esa labor es independiente de la retribución que se pacte por el uso y explotación de dicha expresión.
“Principios que Levi’s no está cumpliendo. En tanto que los diseños han sido recortados para ser aplicados a prendas industrializadas. No indican el nombre de las comunidades y no existe retribución alguna hacia los dueños de dichos diseños, que en este caso pertenecen a la comunidad mazateca de Jalapa de Díaz. Estos se han transmitido de generación en generación. Son producto de la creatividad colectiva por lo que forman parte intangible de su patrimonio cultural inmaterial.
Mientras, que en la misiva dirigida al colectivo Dracco Textil, se apunta: “Vemos con indignación que no solo han negociado con diseños mazatecos, con diseños otomíes del estado de Hidalgo y textiles del estado de Chiapas, sin tener permiso de las comunidades en cuestión. También trabajan bajo el rubro de ‘maquila’, lo cual atenta con la creatividad e individualidad de las creaciones artesanales, cuya virtud es realizar obras únicas e irrepetibles. En ello radica el valor cultural del trabajo artesanal”.
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