Día Mundial del Medio Ambiente: sancionar el ecocidio

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Día Mundial del Medio Ambiente: sancionar el ecocidio

El alcance de los daños al entorno por contaminación, por ejemplo de petróleo, implica que se recurrirá al derecho penal para que una conducta de ecocidio se tipifique, se considere delictiva, investigue y sancione, aseguró la integrante del Instituto Nacional de Ciencias Penales, Guadalupe Asunción Valdés Osorio.

Se decía que era innecesaria la protección del medio ambiente por parte de esa especialidad porque bastaba con el derecho administrativo; sin embargo, no es así, explicó.

Existe la demanda para que el tema sea recogido por el derecho penal de los países y a escala internacional. Porque, abundó, este busca proporcionalidad respecto a las conductas que se van a sancionar.

El bien jurídico de proteger al medio ambiente es inmenso, con trascendencia para las personas.

Hhablamos del agua que se bebe y la de los mares, o el aire que respiramos”, aclaró la experta.

El sujeto activo del ecocidio, en un porcentaje mínimo, podría ser una persona física, un individuo. Por las modalidades de conducta que implican la afectación al ambiente y la salud de los seres humanos se trata generalmente de personas jurídicas, empresas o colectivos empresariales, detalló la abogada, docente y defensora de derechos humanos.

Al participar en el Seminario Permanente Derecho del Cambio Climático y Gobernanza, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señaló:

Estos ilícitos podrían ser juzgados por la Corte Penal Internacional, la Corte Internacional de Justicia. O crear una corte internacional contra crímenes ambientales (un tribunal del medio ambiente). Hablamos de aquellos dolosos o permitidos de manera negligente, cometidos por Estados o individuos, fruto de un incumplimiento masivo del deber de cuidado.

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